En fuerza de los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Segundo Superior del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley DECLARA: PRIMERO: INADMISBILE, la recusación presentada, por el abogado LUIS MANUEL BRAVO PASTRANO, abogado en ejercicio, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el No. 43.143, apoderado judicial del ciudadano FERNANDO JODRA TRILLO, cedula de identidad N° V23.682.132, parte actora en el presente procedimiento; contra el JESUS DEL VALLE MILLAN FIGUERA, Juez del Tribunal Segundo (2°) Superior del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas.