Por todos los razonamientos antes expuestos este Juzgado Segundo Superior del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, Declara: PRIMERO: CON LUGAR el recurso de apelación ejercido por el abogado Dany Rodríguez, en su carácter de apoderado judicial de la parte demandada contra la sentencia de fecha 15 de febrero de 2011 dictado por el Juzgado Séptimo de Primera Instancia de Juicio de este Circuito Judicial del Trabajo. SEGUNDO: PARCIALMENTE CON LUGAR, la demanda intentada por el ciudadano Rubén Peña Blanco contra la empresa Global Marketing Corporation MPE, C.A. En consecuencia, se ordena pagar los montos y conceptos ordenados a pagar en la parte motiva del fallo. TERCERO: SE REVOCA PARCIALMENTE la sentencia recurrida. No hay condenatoria en costas dada la naturaleza del presente fallo.
No hay condenatoria e costas por el presente recurso d.....