Por todos los razonamientos antes expuestos este Juzgado Segundo Superior del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, Declara: PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por los abogados Gregory Ramírez y Héctor Marcano, apoderados judiciales de la demandada, contra la sentencia de fecha 27 de noviembre de 2010 dictada por el Juzgado Tercero de Primera Instancia de Juicio de este Circuito Judicial del Trabajo. SEGUNDO: SIN LUGAR LA DEFENSA DE PRESCRIPCIÓN opuesta por la demandada. TERCERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda intentada por los ciudadanos Fernando González Ravelo, Francisco José Morales Manzano y Cora Consuelo Troconis Ramos contra la empresa C.A. La Electricidad de Caracas por cobro de diferencia de ajustes de la pensión de jubilación. En consecuencia, se ordena pagar los montos y conceptos señalados e.....