2.- En consecuencia, este JUZGADO SUPERIOR SEGUNDO DEL TRABAJO DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO, DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS, de conformidad con lo establecido en el articulo 97, de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso administrativo, ordena el envió inmediato de las presentes actuaciones a la Sala de Casación Social, del Tribunal Supremo de Justicia, para su pronunciamiento respecto al recurso en cuestión.