DESISTIDO EL RECURSO DE APELACIÓN interpuesto por el ciudadano MANUEL RAMON ARAUJO, en su condición de Presidente de la parte demandada, asistido por el abogado LUIS GUILLERMO OJEDA, en contra del acta de fecha veintiséis (26) de enero de 2007 dictada por el Juzgado Décimo Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de este Circuito Judicial del Trabajo, en la demanda incoada por el ciudadano JOSE ADANS BRITO CHACON contra la empresa COOPERATIVA AYAGUNA, R.L.