Por las razones de hecho y de derecho precedentes, este Juzgado Superior Segundo de del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, administrando justicia, y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: Improcedente la solicitud de medida cautelar de suspensión del efecto de la Providencia Administrativa N° 0417-12, dictada en fecha 13 de julio de 2012, y notificada a nuestra representada en fecha 02 de octubre de 2012, con el oficio N° DM/ 1486-2012 de fecha 13 de septiembre de 2012, por la Dirección Estadal de Salud de los Trabajadores del Estado Miranda (DIRESAT-Miranda) "Delegado de Prevención Jesús Bravo", adscrita al Instituto Nacional de Prevención, Salud y Seguridad Laborales (INPSASEL), a favor de la ciudadana MARÍA ALEJANDRA CHIRINO FERRER, titular de la cédula de identidad N° V-16.830.443, en el expediente de investigación de origen de enfermedad N° MIR-29-IE12-0566, formulada por el a.....