Por todos los razonamientos antes expuestos este Juzgado Segundo Superior del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, Declara: PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR el Recurso de Apelación, interpuesto por la abogada CARMEN HERNANDEZ, actuando en su carácter de apoderada judicial de la parte actora, contra la decisión de fecha veintitrés (23) de mayo de dos mil catorce (2014), emanada del Juzgado Décimo Segundo (12°) de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. SEGUNDO: PARCIALMENTE CON LUGAR el Recurso de Apelación, interpuesto por la abogada MARIA EPELDE, actuando en su carácter de apoderada judicial de la parte demandada, contra la decisión de fecha veintitrés (23) de mayo de dos mil catorce (2014), emanada del Juzgado Décimo Segundo (12°) de Primera Instancia.....