Este Juzgado Segundo Superior del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, Declara: PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el abogado Luis Romero, en su condición de apoderado judicial de la parte actora contra de la decisión de fecha 15 de octubre de 2011 dictada por el Juzgado Séptimo de Primera Instancia de Juicio de este Circuito Judicial del Trabajo. SEGUNDO: CON LUGAR la defensa de Prescripción de la Acción opuesta por la parte demandada. TERCERO: SIN LUGAR la demanda incoada por los ciudadanos Yrma Flor Pinto y Pedro Ramos titulares de la cedula de identidad numero 3.364.999 y 3.942.766 respectivamente, contra la República Bolivariana de Venezuela, por órgano del Ministerio del Poder Popular para el Ambiente. CUARTO: SE CONFIRMA la decisión recurrida. No hay condenatoria en costas de conformidad con lo previsto.....