Por todos los razonamientos de hecho y de derecho antes expuesto; este Juzgado Segundo Superior del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, Declara: PRIMERO: SE REVOCA la sentencia dictada en fecha 5-2-2016, por el Tribunal Tercero de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, que declara: 1°) LA ADMISIÓN DE LOS HECHOS de la demandada conforme a lo previsto en el mencionado art. 131 LOPT. 2°) CON LUGAR la demanda interpuesta por la ciudadana MARÍA ELIZABETH DE FREITES MORANDI contra la entidad de trabajo "Ministerio del Poder Popular para Relaciones Interiores, Justicia y Paz, y al Ministerio del Poder Popular para el Servicio Penitenciario", ambas partes identificadas en los autos. SEGUNDO: PARCIALMENTE CON LUGAR; la demanda interpuesta por la ciudadana: MARIA ELIZABETH DE FREITAS MORAND.....