Por todos los razonamientos antes expuestos este Juzgado Segundo Superior del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, Declara: PRIMERO: PARCIALMENTE LUGAR el Recurso de Apelación, interpuesto la abogada MARIANA CHIRINOS, inscrita en el I.PS.A., bajo el N° 145.936, en su carácter de apoderada judicial de la parte demandada, contra la decisión dictada en 10 de febrero de 2014, por el Juzgado Sexto (6°) de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. SEGUNDO: Se Modifica el fallo apelado. TERCERO: No hay condenatoria en costas.