SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la abogada LISSET DEL VALLE PUGA, en su carácter de apoderada judicial de la parte actora, en contra del auto de fecha siete (07) de febrero de 2007 dictado por el Juzgado Vigésimo Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de este Circuito Judicial; en la demanda incoada por el ciudadano MARCO SERGIO DIAZ contra la empresa COTECNICA CARACAS, C.A., COTECNICA CHACAO, COTECNICA LA BONANZA, C.A., COTECNICA BARUTA, C.A., INVERSIONES COTECNICA, MANTENIMIENTO URBANOS, C.A., SERVICIOS PLASTICOT 405, C.A. y SERVICIOS COTECNICA, C.A. SEGUNDO: Se confirma el auto recurrido, de fecha siete (07) de febrero de 2007 dictado por el Juzgado Vigésimo Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de este Circuito Judicial del Trabajo.