Por todos los razonamientos antes expuestos este Juzgado Segundo Superior del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, Declara: PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la abogada Carmen Yolanda Cardozo Sánchez, en su carácter de apoderada judicial de la parte actora, contra el auto dictado por el Juzgado Octavo (8°) de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de este Circuito Judicial del Trabajo, en fecha 02 de Agosto de 2011. SEGUNDO: SE CONFIRMA el auto apelado. No hay condenatoria en costas.