Este Juzgado Segundo Superior del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, Declara: PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la abogada Rosa Chacón, en su condición de apoderada judicial de la parte actora contra la decisión de fecha 1° de abril de 2011 dictada por el Juzgado Vigésimo Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de este Circuito Judicial del Trabajo. SEGUNDO: SE CONFIRMA la decisión recurrida.
Se condena en costas a la parte actora recurrente por haber resultado totalmente vencida en el presente fallo, de conformidad con lo establecido en el artículo 60 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.