Por las razones de hecho y de derecho precedentes, este Juzgado Superior Segundo de del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, administrando justicia, y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: Se declara competente al Juzgado Tercero (3°) de Primera Instancia de Juicio, del Circuito Judicial de Caracas, de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, para conocer y decidir, respecto del proceso de INTIMACIÓN DE HONORARIOS PROFESIONALES incoado por las abogadas en ejercicio VIRGINIA DEL VALLE GRATEROL FERNANDEZ y PATRICIA MARIA MUÑOZ RIOS, contra la ciudadana HAYDEE JOSEFINA RONDON RIVAS; ante el Juzgado Décimo Cuarto (14°) de de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución Laboral, del Circuito Judicial de Caracas, de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. SEGUNDO: Dada la naturaleza del presente fallo, no hay condenatoria en cost.....