Por todos los razonamientos antes expuestos este Juzgado Tercero Superior del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, Declara: PARCIALMENTE CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el abogado EDUARDO RODRIGUEZ, inscrito en el I.P.S.A bajo el N° 80.801, en su carácter de apoderado judicial de la parte actora, contra la decisión de fecha 24 de enero de 2023, emanada del Juzgado Décimo Tercero (13º) de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas. SEGUNDO: SE MODIFICA el fallo apelado. TERCERO: No hay condenatoria en costas.