DISPOSITIVO:
Por las razones expuestas, este Tribunal Tercero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: PRIMERO: IMPROCEDENTE la solicitud de aclaratoria presentada en fecha 02-03-16 por la parte actora en contra de la sentencia publicada en fecha veintiséis (26) de febrero de dos mil dieciséis (2016), por este Juzgado en la presente causa. SEGUNDO: SE ESTABLECE que a los efectos de la ejecución se deberán considerar los montos arrojados en la sentencia de fecha veintiséis (26) de febrero de dos mil dieciséis (2016), mas la respectiva indexación e intereses de mora en los términos expuestos en dicho fallo interlocutorio.