Por los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuestos este Juzgado Tercero Superior del Trabajo del Circuito Judicial del Área Metropolitana de Caracas, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR EL RECURSO de apelación interpuesto por la representación judicial de la sociedad mercantil LE COQ D OR III, C.A., contra la sentencia de fecha 04 de agosto de 2010, dictada por el Juzgado Octavo de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. SEGUNDO: SE REVOCA la sentencia recurrida. SEGUNDO: SE ORDENA la reposición de la causa al estado de que se notifique a la parte demandada para la celebración de la audiencia preliminar, encontrándose la parte actora a derecho. Se ordena la remisión del presente expediente al Juzgado de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana .....