Por todos los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Tercero Superior del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: Sin lugar el recurso de apelación interpuesto por la abogada NUVIA CEDEÑO, en su carácter de apoderado judicial de la parte actora, contra el Auto de fecha 05 de febrero de 2007, por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de este Circuito Judicial del Trabajo, en el juicio incoado por la ciudadana AURORA FLORES ESCLANTE contra la empresa ISBCPA DE MANTENIMIENTO, C. A.; SEGUNDO: SE CONFIRMA el Auto de fecha 05 de febrero de 2007, por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de este Circuito Judicial del Trabajo, en el juicio incoado por la ciudadana AURORA FLORES ESCLANTE contra la empresa ISBCPA DE MAN.....