Por las razones de hecho y de derecho precedentes, éste Juzgado Tercero Superior del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la apelación interpuesta por la parte actora contra la sentencia dictada por el Juzgado Duodécimo (12º) de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en fecha diez (10) de junio de 2010. SEGUNDO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda por cobro de diferencia de prestaciones sociales y otros conceptos laborales interpuesta por el ciudadano RICARDO TRAVAGLIO ENCINOZA, en contra de la empresa OPEN TECHNOLOGIES OPENTECH, S.A. TERCERO: SE ORDENA a la parte demandada a pagar al actor, los conceptos y cantidades establecidos en la motiva del presente fallo. CUARTO: SE REVOCA la sentencia recurrid.....