Por el razonamiento ante expuesto se declara: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la parte demandante en contra de la decisión dictada por Juzgado Tercero (3°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de este Circuito Judicial del Trabajo, de fecha cuatro (04) de abril de 2006. Segundo: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la parte demandada en contra de la decisión dictada por Juzgado Tercero (3°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de este Circuito Judicial del Trabajo, de fecha cuatro (04) de abril de 2006, en consecuencia, SE CONFIRMA la sentencia dictada por Juzgado Tercero (3°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de este Circuito Judicial del Trabajo, de fecha cuatro (04) de abril de 2006, que declaró PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda por cobro de prestaciones sociales y otros conceptos que interpuso la ciudadana SYLVANA GERTRUDIS OROPEZA ARMAS contra la empresa GRUPO CONFAB, C.A. .....