Por todos los razonamientos expuestos, este Tribunal Tercero (3°) Superior del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad expresa de la ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesta por la representación judicial de la parte demandada, SEGUNDO: SE CONFIRMA la decisión apelada, TERCERO: NO HAY ESPECIAL CONDENATORIA EN COSTAS dada la naturaleza del fallo, todo en el juicio incoado por el ciudadano FELIPE NIÑO VARGAS contra JAMPRE ZULIA, C. A.