Por las razones de hecho y de derecho anteriormente expuestas, este Tribunal Tercero Superior del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, procedió a administrar justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declarando: PRIMERO: Se declara la COMPETENCIA del Tribunal para conocer y decidir el presente asunto y se ADMITE el recurso de nulidad interpuesto por MUNDIAL TIRE 2002, C.A., en contra de la certificación emanada de la médica ocupacional Dra. Nora Rivero, del Servicio de Salud Laboral de la Gerencia Estatal de Salud de los Trabajadores INPSASEL Miranda, de fecha 25 de agosto de 2015, actos relacionado con el ciudadano Ezequiel Ramón Gudiño titular de la cédula N° V-6.815.637. SEGUNDO: se declara IMPROCEDENTE la medida cautelar de Amparo Constitucional solicitada por la recurrente. TERCERO: No hay condenatoria en costas.