este Juzgado Tercero Superior del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR la apelación formulada por la representación judicial de la parte recurrente, contra la sentencia dictada por el Juzgado Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas en fecha 24 de abril de 2018. SEGUNDO: Se REVOCA la sentencia objeto de apelación. TERCERO: Se REPONE la causa al estado de que el Juzgado Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, notifique al beneficiario de la Providencia Administrativa. CUARTO: Dada la naturaleza del presente fallo no hay condenatoria en costas.