Por las razones de hecho y de derecho anteriormente señaladas, este Juzgado Tercero (3º) Superior del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: ÚNICO: HOMOLOGADO EL DESISITIMEINTO del recurso de apelación intentado por la parte demandada contra la decisión de fecha veintitrés (23) de septiembre de dos mil diez (2010) dictada por el Juzgado Décimo Sexto (16º) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, mediante la cual declaró PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda interpuesta por el ciudadano JOSÉ ANTONIO NIEVES CARTAYA en contra de la empresa SEGURIDAD INTEGRAL BARFEL, C.A.; en consecuencia queda firme la decisión dictada por el A-quo antes señalada y se ordena la remisión del expediente al Juzgado de origen, a los fines legales consiguientes. Se condena en costas a la part.....