CAPITULO VI
DISPOSITIVO
Por los razonamientos antes expuestos, este Tribunal Superior Tercero (3°) del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara: PRIMERO: CON LUGAR el recurso apelación formulado por el Abogado ALBERTO HERNANDEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el N°. 130.753, en su condición de apoderado judicial de la parte actora, contra la sentencia dictada en fecha 06 de agosto de 2015, por el Tribunal Primero (1º) de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. SEGUNDO: SIN LUGAR el recurso apelación formulado por el Abogado IBRAHIM GORDILS, inscrito en el Inpreabogado bajo el N°. 12.868, en su condición de apoderado judicial de la parte demandada, contra la referida sentencia. TERCERO: CON LUGAR LA DEMANDA interpuesta por los ciudadanos GREGORIO GUTIÉRREZ.....