Por las razones de hecho y de derecho precedentes, éste Juzgado Tercero Superior del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto en fecha 08 de julio de 2010 por la parte demandada contra la sentencia dictada por el Juzgado Décimo Segundo (12º) de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en fecha treinta (30) de junio de 2010. SEGUNDO: CON LUGAR la demanda interpuesta por concepto de cobro de beneficio de alimentación por el ciudadano LUIS ALBERTO BURGOS en contra de la empresa INVERSIONES SABENPE, C.A. TERCERO: SE ORDENA a la parte demandada a cancelar al accionante el concepto de beneficio de alimentación en los términos establecidos en el fallo. CUARTO: CONFIRMA la decisión recurrida.....