Por las razones de hecho y de derecho anteriormente señaladas, este Juzgado Tercero (3º) Superior del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR la apelación interpuesta en fecha 08 de octubre de 2010 por la parte demandante contra la decisión dictada por el Juzgado Décimo Cuarto (14º) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución Juicio del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en fecha 07 de octubre de 2010. SEGUNDO: SE REVOCA la decisión apelada. TERCERO: SE ORDENA al Juzgado Décimo Cuarto (14º) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución Juicio del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, se pronuncie sobre la presunción de admisión de los hechos prevista en el artículo 131 de la Ley Orgáni.....