V. DISPOSITIVO
Por todo lo anteriormente expuesto, este Juzgado Tercero Superior del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR la apelación formulada por la representación judicial de la parte accionante ciudadana VIRGINIA DEL CARMEN CAMPOS, contra la sentencia emanada del Juzgado Séptimo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas en fecha 16 de marzo de 2016. SEGUNDO: CON LUGAR la ACCION DE NULIDAD interpuesta por la ciudadana VIRGINIA DEL CARMEN CAMPOS, contra la Providencia Administrativa Nº 085-13, de fecha 14 de febrero de 2013, dictada por la INSPECTORÍA DEL TRABAJO DEL ESTE DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS en el expediente No 027-01-02553, que declaró con lugar la solicitud de calificación de falta incoada por la ciudadana AMARANT.....