este Juzgado Tercero Superior del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: LA EXTINCIÓN DE LA ACCIÓN, EN ESTA INSTANCIA, POR PÉRDIDA DEL INTERÉS, en el presente juicio de Nulidad interpuesto por la entidad de trabajo COSTA CONSULTORES 2030, C.A. contra la PROVIDENCIA ADMINISTRATIVA N° 971-11, dictada en el expediente Nº 027-2011-01-01713, en fecha 08 de diciembre de 2011, por la Inspectoría del Trabajo en el Este del Área Metropolitana de Caracas. Segundo: ORDENA la notificación de las partes intervinientes en el presente juicio, y una vez que conste en autos las mismas, comenzará a correr el lapso para que ejerzan los recursos correspondientes.