este Juzgado Cuarto (4°) Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: ÚNICO: SE HOMOLOGA, exceptuando expresamente el desistimiento de la acción, la transacción presentada por el abogado LUIS APONTE IPSA N° 149.152, actuando en su carácter de representante judicial de la parte actora, ciudadano JORGE ALEXANDER TREJO TORRES, y el abogado JUAN HERNÁNDEZ IPSA N° 124.535, actuando en su carácter de apoderado judicial de la parte demandada, ADVANCED CARS, C.A..-