SE REPONE la presente causa al estado de notificar del juicio al demandado Antonio Vásquez Vilas, revocándose todas las actuaciones a partir del folio 81, inclusive, igualmente deberá notificarse al demandado José Antonio López Franco, pues desde la notificación inicial se rompió la estadía a derecho, no requiriéndose la notificación de la empresa accionada, pues está bien notificada y está a derecho.