, este JUZGADO CUARTO SUPERIOR DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara como punto PRIMERO: SIN LUGAR la apelación interpuesto por el apoderado judicial de la parte recurrente, ciudadano YEOSHUA BOGRAD IPSA N° 198.656 contra la decisión de fecha diez (10) de Enero del dos mil diecisiete (2017), dictada por el Juzgado Segundo (2°) de Primera Juicio del Trabajo del Circuito Judicial Laboral del Área Metropolitana de Caracas; todo ello con motivo de la demanda de nulidad interpuesta por la representación judicial de la entidad de trabajo PRODUCTOS EFE, S.A, contra la PROVIDENCIA ADMINISTRATIVA N° 2016-030, DE FECHA DIECIOCHO (18) DE NOVIEMBRE DEL DOS MIL DIECISEIS (2016), DICTADO POR LA DIRECCIÓN DE INSPECTORÍA NACIONAL DEL TRABAJO Y OTROS ASUNTOS COLECTIVOS DEL TRABAJO DEL SECTOR PRIVADO (DIRECCIÓN DE INSPECTORÍA NACIONAL.....