DISPOSITIVO
Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Quinto Superior del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara: PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la apelación de la parte ACTORA y CON LUGAR la apelación de la parte demandada, ambas en contra de la sentencia de fecha 14 de mayo de 2012, emanada del Juzgado Undécimo de Primera Instancia de Juicio de este Circuito Judicial del Trabajo. SEGUNDO: PARCIALMENTE CON LUGAR LA DEMANDA interpuesta por la ciudadana ZULY PIERINA RIVAS AULAR contra el BANCO INDUSTRIAL DE VENEZUELA, C.A. por cobro de DIFERENCIA DE PRESTACIONES SOCIALES, en consecuencia, se condena al pago de diferencia de bono vacacional, prestaciones sociales en forma doble, utilidades, todo desde la fecha de inicio hasta la terminación en los términos de la parte motiva de la presente decisión. T.....