-VII-
DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Quinto Superior del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, Declara: PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la representación judicial de la actora, en contra de la sentencia dictada en fecha 11 de enero de 2010, por el Juzgado Octavo de Primera Instancia de Juicio de esta misma Circunscripción Judicial. SEGUNDO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda incoada por el ciudadano MANUEL MOLINA en contra de la empresa HOTEL COLISEO C.A., en consecuencia, se condena a ésta última al pago de los conceptos indicados en el capítulo relativo a la condena y la experticia complementaria del fallo. TERCERO: Se MODIFICA el fallo apelado. Por la naturaleza del presente fallo no hay especial condenatoria en costas.
Se ordena participar a la Juez Octavo de Primera Instancia d.....