Por los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Quinto Superior del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, Declara: PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la representación judicial de la actora, en contra de la sentencia dictada en fecha 22 de julio de 2009, por el Juzgado Sexto de Primera Instancia de Juicio de esta misma Circunscripción Judicial, que declaró con lugar la defensa de prescripción opuesta por la demandada y sin lugar la demanda intentada por FABIANA GARCÍA, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y portadora de la cédula de identidad número 1.166.458, en contra de la República Bolivariana de Venezuela por órgano del Ministerio del Poder Popular para el Ambiente. SEGUNDO: Se confirma el fallo apelado. TERCERO: Se exonera a la parte actora del pago de las costas de conformidad con el artículo 64 de la Ley Orgánica Procesal.....