Por los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Quinto Superior del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, Declara: PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la representación judicial de la demandada, en contra de la decisión dictada en en fecha 18 de marzo de 2008, por el Juzgado Séptimo de Primera Instancia de Juicio de esta misma Circunscripción Judicial. SEGUNDO: CON LUGAR la demandada incoada por el ciudadano GUSTAVO ADOLFO OLIVERO FRANCESCHI, contra la sociedad mercantil VENEZOLANO DE CREDITO, S.A., BANCO UNIVERSAL, plenamente identificados en autos. En consecuencia, se condena a la demandada al pago de las diferencias por concepto de pensiones de jubilación del accionante, así como a los intereses moratorios e indexación judicial, todo en base a los parámetros esgrimidos en la parte motiva del presente fallo.
Se Modific.....