PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación ejercido por la parte demandante contra el auto de fecha 22 de junio de 2018, dictado por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de este Circuito Judicial del Trabajo. ASI SE DECIDE.
SEGUNDO: SE CONFIRMA el auto recurrido en todas y cada una de sus partes y, en consecuencia se ordena el pago de los intereses y la corrección monetaria en los términos señalados en el referido auto. ASI SE DECIDE.
TERCERO: Conforme a lo dispuesto en el artículo 64 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, no hay condena en costas. ASI SE DECIDE.