VI
DISPOSITIVO
Por todo lo anteriormente expuesto, este Juzgado Quinto Superior del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la parte actora y CON LUGAR, el recurso de apelación interpuesto por la representación judicial de la parte demandada, ambos en contra de la sentencia dictada en fecha 25 de septiembre de 2012, por el Juzgado Tercero (3°) de Primera Instancia de Juicio de este mismo Circuito Judicial del Trabajo. SEGUNDO: SIN LUGAR la demanda por cobro de prestaciones sociales, Indemnizaciones por accidente laboral y Daño Moral incoada por las ciudadanas MARÍA BARRADAS DE ABREU, LILA JOSEFINA ABREU BARRADAS Y OTROS en su carácter de herederos del ciudadano JOAO ALZIRINO DE ABREU contra la Sociedad Mercantil SUPERMERCADOS FILAS DE MARICHE, C.A, y ARMA.....