Declara: PRIMERO: COMPETENTE para conocer sobre la Inhibición presentada por el abogado HÉCTOR ELIEZER MÚJICA RAMOS, su carácter de Juez del Juzgado Sexto Superior del Circuito Judicial del Trabajo, del Área Metropolitana de Caracas.
SEGUNDO: CON LUGAR la Inhibición planteada por motivo de RECURSO DE APELACIÓN, interpuesto por el ciudadano ENDER ENRIQUE MONTIEL HERNÁNDEZ, contra ACUMULADORES DUNCAN, C.A., y DISTRIBUIDORA DUNCAN, C.A., por cobro de Prestaciones Sociales Y Otros Conceptos Laborales. TERCERO: SE ORDENA comunicar la presente decisión al Juez inhibido, dentro de la veinticuatro horas siguientes a la publicación de la presente decisión. Anexándosele copia certificada del presente fallo ya que la decisión no admite recurso alguno conforme a lo pautado en el artículo 45 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. CUARTO: La causa principal signada AP21-R-2019-000269, será decidida por este Juzgado Superior de conformidad con lo establecido en el artículo 41 de la Ley Orgánica .....