-CAPITULO VI-
DISPOSITIVO
Por todos los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Quinto Superior del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, Declara: PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por ambas partes, en contra de la sentencia dictada en fecha 25 de abril de 2014, emanada del Juzgado Undécimo de Primera Instancia de Juicio de este mismo Circuito Judicial del Trabajo. SEGUNDO: SIN LUGAR la defensa de prescripción opuesta por la demandada. SEGUNDO: PARCIALMENTE CON LUGAR EL COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS LABORALES incoado por la ciudadana MÉLIDA BUITRAGO PEÑALOZA contra CORPORACIÓN RECIMEDICA 1623, C.A., plenamente identificados en autos. Se condena a todos y cada uno de los conceptos identificados en la parte motiva de la presente decisión. TERCERO: No hay condenatoria en costas, dada la naturaleza del fallo......