Por todos los razonamientos antes expuestos este Juzgado Quinto Superior del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República y por autoridad de la ley, Declara: PRIMERO: INCOMPARECENCIA DE LA PARTE DEMANDADA A LA AUDIENCIA ORAL ANTES ESTA ALZADA, todo en el recurso de apelación interpuesto por la representación judicial de la parte demandada, en contra de la sentencia dictada en fecha 25 de enero de 2010, por el Juzgado Décimo de Primera Instancia de Juicio de esta misma Circunscripción Judicial, con motivo de la demanda incoada por la ciudadana MAYRIM ARNELIA DIAZ MALAVE en contra de la REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA por órgano del Ministerio del Poder Popular para la Planificación y Desarrollo Servicio Autónomo "FONDO INTERGUBERNAMENTAL PARA LA DESCENTRALIZACION" (FIDES). SEGUNDO: En cuanto al fondo de la controversia revisada la misma en base a las prerrogativas del Estado Venezolano se decla.....