DISPOSITIVO
Por los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Quinto Superior del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, Declara: PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la representación judicial de la parte DEMANDADA, contra de la decisión de fecha 13 de diciembre de 2010, por el Juzgado Décimo de Primera Instancia de Juicio de este Circuito Judicial del Trabajo. SEGUNDO: PARCIALMENTE CON LUGAR, la demanda incoada por el ciudadano el ciudadano, ELVIS DÍAZ, en contra de las empresas PROTOTIPO 2.7 PROYECTOS Y CONSTRUCIONES, C.A., e INGEMANT, INGENIERIA DE MANTENIMIENTO, C.A, por motivo de cobro de prestaciones sociales, por lo que se ordena a las empresas solidariamente al pago de los conceptos especificados en las motivaciones del fallo