Por las razones expuestas, este Juzgado Quinto Superior del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la representación judicial de la parte demandada en contra de la decisión dictada en fecha 11 de mayo de 2011, por el Juzgado 9º de Primera Instancia de Juicio de este Circuito Judicial. SEGUNDO: CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la representación judicial de la parte demandante en contra de la decisión dictada en fecha 11 de mayo de 2011, por el Juzgado Noveno de Primera Instancia de Juicio de este Circuito Judicial. Todo en el juicio seguido por el ciudadano GERARDO JOSÉ RAVELO DÍAZ contra la empresa A & BT C.A; TERCERO: CON LUGAR LA TACHA de testigo propuesta por la parte actora, CUARTO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda incoada por el ciudadano GERARDO JOSÉ RAVELO DÍAZ contra.....