Por todas las consideraciones expuestas, este Juzgado Quinto Superior del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, se declara Inadmisible la acción de amparo constitucional interpuesta por la ciudadana Janet De Pozarnik, titular de la cédula de identidad N° 3.595.792, representada por sus apoderados judiciales abogados Daniel Castro y Francisco Cumana Silva, inscritos en el IPSA bajo los N° 123.283 y 83.562, respectivamente, contra el JUEZ VIGESIMO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN, del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
No hay condenatoria en costas, dada la naturaleza del presente fallo. Así se decide.