SIN LUGAR el recurso ordinario de apelación, interpuesto por la representación de la parte querellada, contra la decisión de fecha 28 de diciembre de 2017, dictada por el Juzgado Décimo Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. ASI SE DECIDE.
SEGUNDO: SE CONFIRMA la recurrida decisión en todas y cada una de sus partes y, en consecuencia, se declara CON LUGAR la acción de amparo constitucional ejercida por los ciudadanos JAIRO JOSE BLANCO, CLAUDIO JOSE MACHADO, FRANKLIN JOSE BLANDIN, EFREN VARGAS ALADEJO, JOHNLEY LEIBA RODRIGUEZ, NELSON RIVAS CHACON, WILFREDO JOSE LEIVA, LEONARDO RODRIGUEZ BRITO y RAUL ALFONZO MELCHOR, contra la empresa CERVECERIA POLAR, C.A., ambas partes plenamente identificadas a los autos. ASI SE DECIDE.
TERCERO: De conformidad con lo establecido en la parte in fine del artículo 33 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales, no hay condena en costas. ASI .....