CAPITULO V
DISPOSITIVO
Por todos los razonamientos antes expuestos este Juzgado Quinto Superior del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, pasa a dictar su fallo Declarando: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la representación judicial de la actora, en contra de la decisión dictada en fecha 17 de noviembre de 2011, por el Juzgado Tercero de Primera Instancia de Juicio de esta misma Circunscripción Judicial, la cual declaró la inadmisibilidad de la Tercería planteada. Se confirma el fallo apelado. Por la naturaleza del presente fallo no hay especial condenatoria en costas.