Por todas las consideraciones expuestas, este Juzgado Quinto Superior del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: Primero: Sin lugar la Regulación de Competencia por la materia, ejercido por la parte demandada contra la decisión dictada por el Juzgado 26° de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de este Circuito Judicial, en fecha 21.03.2007. Segundo: Se confirma la sentencia recurrida, con las motivaciones expuestas en el presente fallo, todo ello en el juicio incoado por el ciudadano JUAN CARLOS BELLO, titular de la cédula de identidad N° 4.268.794., contra TRANSPORTE PATIÑO C.A. y TRANSPORTE GRAPA C.A. Así se decide. Tercero: Por la naturaleza del presente fallo y en aplicación del artículo 60 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo se condena en costas a las empresas codemandadas previa.....