DISPOSITIVO:
Por los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Quinto Superior del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, Declara: PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación ejercido por la parte demandada en contra de la sentencia de fecha 01 de agosto de 2011, emanada del Juzgado Décimo Cuarto de Primera Instancia de Juicio de este Circuito Judicial del Trabajo, SEGUNDO: CON LUGAR la demanda por incumplimiento de contrato, incoada por la ciudadana MONICA ISABEL BRICEÑO ROJAS, titular de las Cédula de Identidad Nº V-10.383.785 en contra del MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA EL TURISMO. En consecuencia se ordena a la parte demandada cancelar: Las Indemnizaciones derivadas de la aplicación del artículo 110 de Ley Orgánica del Trabajo, esto es los salarios dejados de percibir desde la fecha de finalización de la relación laboral, es decir, el día 26 de marzo d.....