Por las razones antes expuestas, este Juzgado Quinto Superior del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, declara: PRIMERO: La SUSPENSIÓN de la presente causa de conformidad con lo previsto en el artículo 144 del Código de Procedimiento Civil. SEGUNDO: ORDENA a la parte demandada la fijación de un (1) edicto en la cartelera del Tribunal y su publicación en los diarios Ultimas Noticias y 2001, durante sesenta (60) días, dos veces por semana, a los fines de llamar a la causa a los sucesores conocidos y desconocidos de la ciudadana GUIDA GOMES DE NOBREGA y quienes se crean asistidos de algún derecho para que comparezcan a darse por notificados en un término no menor de sesenta (60) días continuos, para la continuación del proceso en el presente juicio; a falta de actividad de las partes en ese sentido, hará aplicable el ordinal 3° del artículo 267 del Código de Procedimiento Civil.