Por los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Quinto Superior del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, Declara: PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la parte actora contra la decisión dictada en fecha 12 de marzo de 2008 por el Juzgado Quinto de Primera Instancia de Juicio de este Circuito Judicial, que declaró con lugar la defensa de prescripción opuesta por la empresa demandada en el juicio seguido por los ciudadanos Ismael Dávila, Paolo Di Mieri, Carmen Rodríguez, Gladys Rivas, Ernesto Miranda, Eleazar Morales y Carlos Rojas en contra del Banco de Venezuela C.A., Banco Universal, Grupo Santander. SEGUNDO: Se confirma el fallo apelado con las motivaciones expuestas en el presente fallo. TERCERO: De conformidad con las previsiones del artículo 64 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo se exonera de costas a la parte actora.
Se orden.....